CIRCULAR Nº 15 - AFIP
Sres. Representantes Legales, Directivos y Secretarios:
Estimados, por medio de la presente, recordamos que el 1° de Julio los trabajadores en relación de dependencia deben presentar en AFIP, de corresponder la Declaración Jurada Informativa de Ganancias y Bienes Personales.
El empleador no tiene responsabilidades ante la AFIP por esta presentación, la misma es de exclusiva responsabilidad de los trabajadores.
En el cuadro, se detalla la fecha de vencimiento y los sujetos obligados:
Declaración Jurada Informativa Ganancias y Bienes Personales trabajadores en relación de dependencia - AFIP
El próximo 1° de julio vence el plazo para que “los trabajadores en relación de dependencia” informen a la Administración Federal de los Ingresos Públicos (AFIP), las ganancias brutas que percibieron durante el año calendario 2012.
Los empleados que están obligados a realizar la presentación de la declaración jurada informativa, son los siguientes:
Ganancias y bienes personales: quienes acumularon una ganancia bruta igual o superior a $ 144.000 en el año 2012.
Bienes personales: quienes acumularon una ganancia bruta durante el año 2012 igual o superior a $ 96.000.
En caso de que los trabajadores tengan dudas pueden dirigirse a la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP para realizar las consultas que crean pertinentes.
Atentamente
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